Acuerdos y legislación que te afectan sobre el horario y las horas extraordinarias en Galeo.
Horario
- La jornada ordinaria máxima de trabajo efectivo, en cómputo anual, es de 1.800 horas anuales (Art 20.1 convenio).
- En Galeo, debemos estar disponibles entre las 9.00 y las 18.00 horas, salvo los viernes que terminamos a las 14h (Acuerdo pendiente de poner por escrito).
Jornada intensiva
- El mes de agosto se disfrutará de jornada intensiva, que será máximo de 36 horas semanales salvo acuerdo de tus representantes con la empresa (Art 20.2 convenio).
Horas extra
- La realización de horas extra es voluntaria (Art 35.4 ET).
- Solo se pueden realizar 80h extra al año como máximo (Art 35.2 ET), a excepción de si son para reparar daños extraordinarios y urgentes (Art 35.3 ET).
- Se deben cambiar por horas de descanso, como mínimo 1,75h por cada hora extra realizada (Art 29.3 convenio).