Índice

Info

Bienvenido a la página de información de CCOO-Galeo!

Queremos ir recogiendo aquí toda la información útil para los/las trabajadores de Galeo, así que si ves que falta algo o tienes alguna sugerencia, nos encantaría escucharla.

Resumimos aquí los puntos claves de la legislación, pero te recomendamos que le eches un ojo con detenimiento y que nos consultes si tienes alguna duda.

Horario y horas extra ⌛

Acuerdos y legislación que te afectan sobre el horario y las horas extraordinarias en Galeo.

Horario

  • La jornada ordinaria máxima de trabajo efectivo, en cómputo anual, es de 1.800 horas anuales (Art 20.1 convenio).
  • En Galeo, debemos estar disponibles entre las 9.00 y las 18.00 horas, salvo los viernes que terminamos a las 14h (Acuerdo pendiente de poner por escrito).

Jornada intensiva

  • El mes de agosto se disfrutará de jornada intensiva, que será máximo de 36 horas semanales salvo acuerdo de tus representantes con la empresa (Art 20.2 convenio).

Horas extra

  • La realización de horas extra es voluntaria (Art 35.4 ET).
  • Solo se pueden realizar 80h extra al año como máximo (Art 35.2 ET), a excepción de si son para reparar daños extraordinarios y urgentes (Art 35.3 ET).
  • Se deben cambiar por horas de descanso, como mínimo 1,75h por cada hora extra realizada (Art 29.3 convenio).

Teletrabajo 💻

Acuerdos y legislación que te afectan sobre el teletrabajo en Galeo.

Teletrabajo

  • Tienes los mismos derechos que un trabajador presencial (Art 4 Ley 10/2021).
  • El acuerdo de teletrabajo o el contrato debe recoger el inventario necesario, posibles gastos y su compensación, y procedimientos (Art 7 Ley 10/2021).
  • Si has teletrabajado desde el inicio, el teletrabajo no pueden revertírtelo unilateralmente (Art 41 convenio).
  • La modificación del teletrabajo debe realizarse de mutuo acuerdo (Art 8 Ley 10/2021) y con un preaviso de 30 días (Art 41 convenio).
  • Tienes una compensación de gastos de 17€ brutos mensuales, no compensables ni absorbibles por otro concepto (Art 41 convenio).
  • No pueden obligarte a usar tu equipo (Art 17 Ley 10/2021), y la empresa debe facilitarte como mínimo ordenador de sobremesa con pantalla (o portátil), ratón y teclado (o compensarte la compra de ratón y teclado) (Art 41 convenio).
  • Tienen que facilitarte un registro horario, sin perjuicio de la flexibilidad horaria, y debe incluir el momento de inicio y finalización de la jornada (Art 14 Ley 10/2021).
  • Tienes derecho a la desconexión digital (Art 18 Ley 10/2021) y deben respetarte tus descansos, permisos y vacaciones, así como tu intimidad personal y familiar (Art 88 LOPD).

Vacaciones y permisos 🌴

Acuerdos y legislación que te afectan sobre tus vacaciones, permisos y descansos en Galeo.

Vacaciones

  • Tienes mínimo 23 días laborables de vacaciones (Art 21 convenio).
  • Se eligen de común acuerdo entre empresa y trabajador, la empresa no puede imponerlas (Art 38 ET).
  • Debes conocerlas al menos dos meses antes de que empiecen (Art 38 ET).
  • No pueden cambiarse por compensaciones económicas (Art 38 ET).
  • No pueden sancionarte sin vacaciones (Art 58 ET).
  • En Galeo se conceden también el 24 y el 31 de diciembre (Acuerdo pendiente de poner por escrito).

Permisos retribuídos

  • Matrimonio: 15 días (Art 37 ET).
  • Mudanza: 1 día (Art 37 ET).
  • Accidente/enfermedad de familiar: 5 días laborables por accidente, enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica de tu pareja, familiares cercanos o convivientes que requieran cuidado (Art 37 ET).
  • Fallecimiento: 2 días por fallecimiento de tu pareja o parientes cercanos, más 2 días si necesitas desplazamiento (Art 37 ET).
  • Exámenes prenatales, preparaciones al parto, etc: el tiempo necesario (Art 37 ET).
  • Elecciones: el tiempo necesario (Art 37 ET).

Permisos no retribuídos (“vacaciones sin sueldo”)

  • Debes contar con al menos 1 año de antigüedad para poder solicitarlo (Art 23 convenio).
  • Pueden ser máximo de un mes una vez al año, o dos períodos de 15 días máximos uno en cada semestre del año (Art 23 convenio).
  • La empresa puede negarse si en las mismas fechas hay otras 3 personas de tu departamento de permiso no retribuídos (Art 23 convenio).

Descansos

  • Disfrutas de los festivos locales y autonómicos de tu lugar de residencia, o el que hayas notificado como tal (Acuerdo empresa).
  • Los festivos son retribuídos y no recuperables (Art 37 ET).

Calendario laboral

  • La empresa debe exponer visiblemente el calendario laboral, considerándose infracción leve no hacerlo (Art 6 RD 5/2000).

Salario y bonus 💸

Acuerdos y legislación que te afectan sobre tus salario, bonus y otras retribuciones en Galeo.

Salario

  • El salario se percibe en 14 pagas (1/mes + 2 extra) y si hay acuerdo entre empresa y trabajador podrá hacerse en 12 pagas (Art 28 convenio).
  • El salario es todo lo que te pagan, en dinero o en especie, y te corresponden por trabajo efectivo y periodos de descanso (Art 26 ET).
  • A igual trabajo se debe pagar igual, sin que haya discriminación por sexo (Art 26 ET).
  • La empresa debe registrar los valores medios de los salarios, desagregados por sexo y grupos profesionales, y puedes acceder a dicha información a través de tu representación (Art 28 ET).
  • El pago de los salarios se hará puntual en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres, no pudiendo exceder de un mes (Art 29 ET). Es una infracción muy grave el impago y los retrasos reiterados en el pago del salario (Art 8 RD 5/2000).
  • Se debe entregar puntualmente el recibo de salarios y utilizar el modelo aplicable (Art 6 RD 5/2000) y es una infracción grave no reflejar correctamente las cantidades.
  • Tienes derecho a recibir adelantos antes del día de pago (a cuenta del trabajo ya realizado) (Art 29 ET).
  • En caso de demora el interés será del 10% de lo adeudado (Art 29 ET).
  • El trabajo nocturo tiene que tener una retribución específica, salvo que ya esté contemplado por la naturaleza del trabajo o se compense con descansos (Art 36 ET).

Bonus

  • En Galeo actualmente no tenemos un convenio o marco donde se recoja el bonus. No obstante, en nuestros contratos sí que debe venir recogido dicho acuerdo, por lo que debes saber que el Tribunal Supremo dictó en 2007 que cuando una empresa pacte un “bonus” en el contrato de trabajo, debe cumplir con esa obligación, y si a posteriori la empresa no fija los objetivos para el “bonus”, no puede negar dicho bonus al trabajador (STS, 14/11/2007).

Legislación 📚

Recopilación de enlaces a documentos, reglamentos, normativas, etc. que te afectan como trabajador/a de Galeo.

Legislación

Información

Herramientas 🔧

Recopilación de enlaces a herramientas que te pueden ser útiles como trabajador/a de Galeo.

Galeo

Información general

Calculadoras